Podrán solicitar certificaciones según el tipo, las personas siguientes:

  1. El titular de la inscripción.
  2. Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, conyugues o viudos.
  3. Los representantes legales.
  4. Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.

La efectividad de la entrega de la certificación depende de que el solicitante complete los datos sobre tomo, folio y registro civil, que se encuentran en el documento de identidad permanente de cada persona, en el caso del nacimiento.

Usted podrá solicitar los siguientes certificos, siguiendo este enlace

  • Certificación de nacimiento.
  • Certificación de matrimonio.
  • Certificación de defución.
  • Certificación de soltería.
  • Certificación de divorcio.

Entre otros certificos, además, usted puede solicitar:

Además podrá realizar estas solicitudes en línea y poder seguir el estado de su solicitud haciendo uso de de los siguientes códigos QR. descargar pdf aquí.

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