Educación

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    círculos

    Traslado, otorgamiento y solicitud de círculo infantil

    De acuerdo con la Resolución ministerial No.6 de 2017, se establecen los siguientes trámites para la solicitud y otorgamiento de matrícula en Círculos Infantiles:

    Procedimiento para el otorgamiento de matrícula en Círculos Infantiles.

    I. De la Comisión de Otorgamiento:

    • a) En los municipios se constituye una Comisión de Otorgamiento, que preside de manera indelegable el Director Municipal de Educación. Son miembros permanentes: el Jefe de Educación Preescolar, el funcionario encargado del otorgamiento, un representante de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC), la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y la Dirección de Trabajo y Seguridad Social. Son invitados a participar, en el caso de comunidades rurales, una representación de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP).
    • b) La Comisión Municipal celebra su reunión con carácter mensual para analizar las solicitudes pendientes y las capacidades a cubrir, a fin de proceder a otorgar estas ofreciendo, en primer lugar, las correspondientes a sectores priorizados, traslados ocasos sociales no satisfechos en los períodos de mayor otorgamiento. Además, son objeto de análisis las bajas y sus causales, las quejas y planteamientos recibidos de la población con relación al otorgamiento, así como los hechos de falsificaciones del vínculo laboral o de otro tipo que se detecten.
    • c) Cuando la Comisión Municipal valore un otorgamiento se toma un acuerdo sobre el mismo, que se incluye en el acta de la reunión. Los acuerdos de la comisión se aprueban por mayoría simple de sus miembros.
    • d) A nivel de provincia se crea una comisión, presidida por el Director Provincial de Educación, la que tiene carácter consultivo y cuenta con igual integración que las municipales. Las reuniones de esta se realizan esencialmente en el mes de mayo para considerar y valorar las propuestas de otorgamiento de cada municipio, por ser este el período en que se ofrece la mayor cantidad de matrícula. Igualmente, esta comisión se reúne en los momentos en que se considere necesario, con el objetivo de analizar reclamaciones o quejas sobre las decisiones adoptadas. Los acuerdos de la comisión se aprueban por mayoría simple de sus miembros.
    • e) En ambas instancias, cada tema analizado cuenta con los acuerdos que se consideren necesarios.

    ll. Del Proceso Preparatorio al Otorgamiento Masivo de Junio:

    En el mes de junio se efectúa un otorgamiento más amplio, atendiendo al tránsito de las niñas y los niños hacia otros años de vida y a la escuela primaria. Para la organización deeste proceso se procede de la forma siguiente:

    • A nivel de municipio:

    1. Los directores municipales de Educación, al hacer el análisis de las posibles cifras de matrícula a otorgar en los círculos infantiles, tienen en cuenta en cada centro lamatrícula efectiva de las niñas y los niños por subgrupos y años de vida.

    2. Para que el otorgamiento permita un buen aprovechamiento de las capacidades y, por consiguiente, se evite el hacinamiento, se respetan como cifras estables las capacidades normadas para cada salón, atendiendo a que estas han sido calculadas sobre los requerimientos higiénicos establecidos.

    3. Al proyectar las matrículas a otorgar, se tiene en cuenta la capacidad física de los locales y el comportamiento de la asistencia de las niñas y los niños en cada año de vida. Si la asistencia se comporta sobre el ochenta (80%) por ciento, los círculos infantiles cuyos salones tienen capacidad para treinta (30) menores pueden matricular hasta treinta y seis (36). Cuando los salones son de veinte (20) menores pueden otorgarse hasta 24 plazas, y de ser inferiores las capacidades a las descritas, se aplica la misma correlación de hasta el ciento veinte (120%) por ciento, de acuerdo con la asistencia de las niñas ylos niños.

    4. En los círculos ubicados en casas adaptadas, el grupo de menos capacidad condiciona el otorgamiento de los grupos anteriores. En estos casos pueden preverse soluciones como la reorganización de salones, la reubicación de las niñas y los niños en círculos cercanos, lo que está previsto y se informa a las familias desde el otorgamiento para ambas instituciones.

    II.1. Para la organización del proceso de otorgamiento se procede de la forma siguiente:

    1. En el mes de marzo la dirección del Círculo Infantil efectúa el estudio y elabora un proyecto de distribución de la matrícula por grupos y subgrupos para el siguiente curso escolar, el que incluye el análisis de capacidades que se liberan para su otorgamiento al final del curso.

    2. En el mes de abril el funcionario a nivel municipal encargado de la organización de este proceso, a partir del proyecto de matrícula elaborado y entregado por las direcciones de los Círculos Infantiles, procede de la forma siguiente:

    • a) Revisar las planillas de solicitud de manera que estas queden organizadas por subgrupos, años de vida y sectores; en estas últimas se especifican las que pertenezcan a centros de carácter nacional y provincial, vivan en el municipio o no, y laboren en este o no.
    • b) Ordenar por separado las planillas que corresponden a traslados o reubicaciones por unión de hermanos, cercanía al domicilio u otras causas, para que se prioricen por la comisión de otorgamiento.
    • c) Controlar las solicitudes presentadas como casos sociales a través del representante designado por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social.
    • d) Posterior a este proceso, la Comisión de Otorgamiento Municipal presenta al Consejo de Administración de esa instancia las solicitudes recibidas, por sectores y años de vida, así como las capacidades que se pueden otorgar, para que este determine los sectores priorizados en el otorgamiento, en correspondencia con las necesidades del desarrollo económico y social del territorio.
    • e) Una vez determinadas las prioridades, la Comisión de Otorgamiento Municipal procede a elaborar la propuesta de otorgamiento de matrícula, para lo cual solicita a los representantes de los sectores que resulten priorizados que propongan las personas a beneficiar, según la relación de solicitudes y en correspondencia con las capacidades asignadas a cada uno. En todos los casos se tienen en cuenta las trabajadoras que pertenecen a centros de carácter nacional o provincial que viven en el municipio o no, que laboren en el mismo o fuera de él.
    • f) Todas las propuestas son analizadas en la comisión municipal. Concluido este proceso, la propuesta de otorgamiento del municipio se somete a la comisión provincial, que da el visto bueno. En caso de existir desacuerdo con la propuesta que el municipio presenta, se le ofrecen los argumentos para que sean analizados y den respuesta en el término de cinco (5) días hábiles.
    • g) Cuando la madre beneficiada es trabajadora de un Círculo Infantil se garantiza que la matrícula no se le otorgue en el centro donde trabaja, excepto cuando solo existe un círculo en el municipio, en cuyo caso no laborará en el año de vida o ciclo en que se encuentre la niña o niño.
    • h) Cuando concluya el proceso de análisis de las propuestas por los municipios se ofrece información a los Consejos de Dirección en ambas instancias sobre las capacidades que se otorgan y los sectores que se priorizan.

    III. Del proceso de Otorgamiento Sistemático:

    • a) Sobre el otorgamiento al nuevo ingreso (2do. año de vida).
    • b) La organización de los grupos de segundo (2do.) año de vida tiene en cuenta las diferencias que marcan el desarrollo y las necesidades de las niñas y los niños en estas edades, es decir, las características de su sistema nervioso central, el desarrollo de hábitos, habilidades y niveles de dependencia del adulto. Por lo antes expuesto, se organizan en dos subgrupos: el de 12 a 18 meses y el de 18 a 24 meses, con horarios de actividades, procesos, y programas diferentes; además, el personal docente se organiza con niveles de diferenciación en sus interrelaciones de trabajo para lograr una atención más individualizada. El paso de una niña o un niño de un subgrupo a otro es individual, se inicia días antes de que cumpla la edad establecida y se realiza tras un breve proceso de adaptación interno en el que participa también la familia.
    • c) Con el objetivo de dar respuesta a las madres, padres o tutores beneficiados y cuyos hijos no caminen en el momento de cumplir el año, el otorgamiento se realiza mensual. En todos los casos se debe prever el equilibrio entre los dos subgrupos, para que cuando se complete el grupo este no exceda la capacidad del salón (que puede llegar a partir del comportamiento de la asistencia al 120%) y que, al culminar el curso, queden niñas y niños que se mantienen en el salón (1/3 de la capacidad, aproximadamente).
    • d) Resulta necesario tomar en cuenta todos estos requisitos para ubicar las reuniones de las comisiones de otorgamiento de manera que no obstaculice o demore el cumplimiento de este proceso.
    • e) Cada mes, el municipio de Educación actualiza la cifra de capacidades a partir del modelo establecido y determina las disponibles (junto a este modelo cada centro entrega los nombres y apellidos de las niñas y los niños que han causado baja). Sobre la base de esta información, la Comisión de Otorgamiento Municipal decide las matrículas que se pueden ofrecer, dejando resuelto, siempre que sea posible, el otorgamiento a madres trabajadoras con dos (2) hijos o más, los casos de traslados, unión de hermanos y casos sociales.
    • f) Se realiza un despacho cada tres (3) meses (septiembre, diciembre, marzo y mayo) de los funcionarios encargados del otorgamiento en los municipios con la metodóloga provincial para actualizar los datos de matrícula y uso de capacidades.
    • g) Las comisiones para efectuar el análisis deben tener la relación de círculos o salones cerrados, especificando el año de vida que se afecta en cada centro.

    Para el otorgamiento de matrículas a niñas y niños en situación de desventaja social se tienen en cuenta:

    1. Casos correspondientes a solicitudes relacionadas con niñas y niños procedentes de hogares con problemas sociales, con condiciones socioeconómicas difíciles, o cuyos padres presenten incapacidad física o mental para su atención. Se propugna la política de externado de estos casos, salvo que sea recomendable lo contrario, como factor para contribuir a lograr una formación adecuada del menor.

    2. El funcionario designado a nivel municipal para la organización del otorgamiento comprueba estas solicitudes de ingreso en coordinación con el funcionario designado por la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social.

    h) El otorgamiento de ingresos con carácter interno debe ejecutarse teniendo en cuenta las prioridades siguientes:

    • 1. Niñas y niños en estado de abandono o sin amparo familiar.
    • 2. Niñas y niños en cuyos hogares existen problemas sociales que constituyen un medio deformador.

    Para el otorgamiento de matrículas a los menores con necesidades educativas especiales en círculos no especiales se tiene en cuenta lo siguiente:

    • a) Se otorga matrícula a hijos de madres, padres y tutores trabajadores, siempre que las características de los menores garanticen tanto su seguridad como la de los demás, o sea posible ubicar personal especializado de apoyo para su atención.
    • b) En todos los casos la solicitud debe contar con la evaluación del Centro de Diagnóstico y Orientación correspondiente y la certificación del médico que asegure la no existencia de otros riesgos asociados.
    • c) Para los casos de madres sordas con hijos oyentes, se les concede prioridad en la matrícula de círculos infantiles, siempre que exista capacidad, aunque no trabajen, teniendo en cuenta que el Círculo Infantil le da a estas niñas o niños la posibilidad de comunicación que en las condiciones especiales de su hogar no pueden establecer. Las solicitudes de matrícula son acreditadas por la Asociación Nacional de Sordos.
    • d) Las solicitudes de madres discapacitadas que no trabajen son evaluadas casuísticamente dentro de las prioridades. Tanto en los otorgamientos mensuales como en el masivo de junio, una vez otorgadas todas las plazas, el funcionario encargado de la organización de este proceso realizará las tareas siguientes:
      • a) Procederá al llenado de cada boleta, las que se folian. Se asienta el folio de cada una y la fecha de otorgada en el Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Círculos Infantiles. En todos los casos las boletas deben estar firmadas por el director municipal y por el Jefe (a) de Educación Preescolar y acuñadas. A las boletas se les pone la fecha en la que se le entrega a la familia.
      • b) Elaborar las relaciones de matrículas otorgadas a los centros con el nombre del Círculo Infantil y la fecha, además de contener los datos siguientes: Número de orden, nombre y apellidos de la niña o niño, año de vida, nombre y apellidos de la madre, padre o tutor. Posterior al último nombre se pasa diagonal hasta la firma del director (a) y Jefe (a) de la Educación Preescolar, con el cuño correspondiente. Estas relaciones se envían al centro en un término no mayor de cinco (5) días después de otorgadas las matrículas.
      • c) Cuando se otorgue la matrícula, a la relación que se envíe al círculo se anexan las planillas de solicitud con el correspondiente aval del vínculo laboral que presentó la madre, padre o tutor. Este documento, unido a la planilla con los datos socioeconómicos de la familia, permanece en el expediente de cada niña o niño.
      • d) En la provincia de La Habana, en el otorgamiento masivo, puede decidirse que los municipios entreguen la boleta de matrícula directamente al Círculo Infantil junto a los documentos referidos anteriormente.
      • e) Exponer, en un lugar visible de la Dirección Municipal de Educación, la relación de las matrículas concebidas, con los datos siguientes: nombre del Círculo Infantil, nombre dela niña o el niño, año de vida, nombre de la madre, padre o tutor.
      • f) Se procede a la entrega de las boletas de matrícula a los beneficiados, a los cuales seles informa también que deben presentarse en el Círculo Infantil dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha en que se les notificó. De no presentarse, pierde el derecho a la matrícula. Una vez informada la madre, padre o tutor que se le asignó la matrícula en el Círculo Infantil, tiene diez (10) días hábiles para realizar el chequeo médico a la niña o el niño y para la elaboración de los documentos que están establecidos.
      • g) El funcionario de la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social es el encargadode informar las matrículas otorgadas a los casos sociales presentados por esta vía, en coordinación con el funcionario de Educación designado para el otorgamiento.
      • h) Ningún director de Círculo Infantil, ni funcionario de otra instancia, está facultado para informar las capacidades disponibles con que cuentan los centros, ni para autorizar ingresos a estos sin el cumplimiento estricto de la presente metodología.
      • i) Las niñas o niños que son abandonados, cuyo ingreso al Círculo Infantil mixto u Hogares imprescindible otorgar de inmediato en régimen de internado, son ingresados con la aprobación del Director Provincial de Educación y, en el término de hasta treinta (30)días, se efectúan las comprobaciones correspondientes por la trabajadora social del Círculo Infantil mixto u Hogar, iniciándose de inmediato, en los casos que corresponda,la investigación para la suspensión de la Patria Potestad.

    IV. De la Solicitud:

    • a) Al recepcionar la planilla “Solicitud de Ingreso a Círculo Infantil”, se exige que sea entregada personalmente por el solicitante (madres, padres o tutores); además, deben mostrar la tarjeta del menor, el carné de identidad de la madre, padre o tutor y la carta que avale el vínculo laboral del solicitante, firmada por el máximo responsable de la entidad u organismo que, de acuerdo con la legislación, esté autorizado a registrar y controlar la actividad laboral en el sector estatal o no estatal, según corresponda. Los solicitantes recibirán una constancia de la entrega de la solicitud.
    • b) El funcionario que recepciona la solicitud debe revisarla detalladamente para garantizar que se especifiquen correctamente todos los datos que se plantean en la misma. Posteriormente la asienta en el Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Ingreso a Círculos Infantiles, e inscribe en la planilla la fecha y el número de entrada del documento y entrega una constancia de la solicitud al solicitante.

    V. De la matrícula en el Círculo Infantil:

    • a) En los Círculos Iinfantiles solo se reciben las boletas oficiales emitidas por la Dirección Municipal de Educación.
    • b) Una vez presentados todos los documentos establecidos en el centro, la dirección del Círculo Infantil elabora el informe socioeconómico de la niña y el niño, con lo que deja concluido el proceso de matrícula.

    VI. De la Actualización de la Matrícula:

    • a) Las direcciones de los Círculos Infantiles, trimestralmente, entregan a las madres, padres o tutores de las niñas y los niños matriculados en la institución la planilla “Control de actualización”, a fin de que consignen su situación laboral, mediante el aval firmado por el máximo responsable de la entidad u organismo que, de acuerdo con la legislación, esté autorizado a registrar y controlar la actividad laboral en el sector estatal o no estatal, según corresponda. En todos los casos se exige que tanto los nombres como los cuños sean legibles. Los casos sociales son avalados por la Dirección Municipal de Trabajo.
    • b) Queda a la decisión de la Dirección Provincial de Educación si se utiliza como criterio el año fiscal o el curso escolar para establecer los trimestres. En cualquiera de los dos casos debe garantizarse uniformidad para toda la provincia.
    • c) Cuando se produzca la baja de una niña o un niño, la directora de la institución entrega el expediente en la Dirección Municipal de Educación.
    • d) En los casos de madres internas en establecimientos penitenciarios y centros mixtos para mujeres con niñas o niños en Círculos Infantiles, por su situación social concreta, no se realiza la actualización trimestral, tomando en consideración que las jefas de departamento de Educación Preescolar participan en el Grupo Coordinador del centro o establecimiento penitenciario, lo que posibilita que, cuando se produzca la salida del centro, se informe al municipio correspondiente. En estos casos se le mantiene la matrícula por tres (3) meses hasta la incorporación de la madre al trabajo.
    • e) Para la actualización de una solicitud que caduque, se utiliza la misma planilla que ya se había presentado. En ella se tacha la fecha y el número y se ponen estos datos actualizados. Aunque se utilice la misma planilla, siempre se entrega actualizada la carta que acredita su situación laboral. Solo en los casos en que cambie el centro de trabajo se utiliza para la actualización una nueva planilla y se registra como una nueva solicitud.
    • f) Cuando, como resultado de la verificación del vínculo laboral de la madre, padre otutor, se detecte una falsificación, se informa a la Dirección Municipal de Educación,se procede a dar baja a la niña o el niño y se entrega su expediente en esta instancia, la que lo informa a la Dirección Provincial de Educación y esta, a su vez, lo hace saber al Ministerio de Educación.
    • g) Las actualizaciones se realizan la última semana del mes correspondiente y los beneficiados tienen de plazo hasta la primera semana del mes siguiente para entregarla a lainstitución. Cuando no sean devueltas en tiempo, se procede a retirar definitivamente la matrícula de la niña o el niño en el Círculo Infantil.

    Vll. De los Traslados:

    • a) Los casos de reubicación de niñas y niños por motivo de traslados, necesidad de unir hermanos o acercamiento al hogar, se tramitan en primer orden. Cuando se realicen los análisis periódicos en las comisiones correspondientes, deben ser solucionados de acuerdo con la capacidad. Los traslados en el propio municipio, entre estos y de una provincia a otra, se realizan por lo que establece la resolución de otorgamiento.
    • b) Ningún director de Círculo infantil está autorizado para ejecutar traslados que no hayan sido tramitados por la Comisión de Otorgamiento Municipal.
    • c) Una vez concluido el proceso de otorgamiento, la Dirección Municipal de Educación comunica a los interesados la autorización de su solicitud de traslado; al recibir esta comunicación, la dirección del Círculo Infantil hace entrega a los padres o tutores de la documentación de la niña o el niño, como requisito indispensable para hacer efectiva la matrícula en el nuevo centro. Cuando el momento en que se presente el traslado no coincida con la reunión de otorgamiento, se le brinda solución y se informa posteriormente a la comisión. Se incluye esta información en los despachos mensuales con la Dirección Provincial de Educación.

    VIII. Sobre el Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Círculos Infantiles:

    • a) Todas las solicitudes se asientan, con tinta, en el Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Círculos Infantiles, de la Dirección Municipal de Educación. Cuando en este proceso se cometan errores, se pasa una raya roja y debe firmar el Jefe (a) del Departamento de Educación Preescolar.
    • b) Cuando una niña o un niño es baja, se pasa raya roja y al lado se coloca la simbología (B). Cuando la baja es temporal, por certificado médico hasta dos (2) meses, se pasa raya roja donde se encuentra registrado el niño, se pone (BT) y se agrega de nuevo al libro con un nuevo número de orden y sin el nombre del círculo infantil. En ambos casos el expediente se recoge y se archiva en el municipio. Cuando la planilla vence,en el libro se pasa raya roja y se pone una (V).
    • c) En el caso de los traslados, se pasa raya y se coloca la simbología (T). Si este ocurre dentro del propio municipio se agrega de nuevo al final del listado, manteniendo el mismo folio y solo se cambia el nombre del Círculo Infantil.
    • d) Para el otorgamiento masivo en junio se realiza un corte o cierre el 30 de abril, pasando una raya roja al libro y se coloca la fecha, a continuación se inicia una nueva numeración tanto para la entrada como para el folio. Se utilizan números arábigos como numeración consecutiva (1, 2, 3…), se pasa diagonal y se pone el año (Ej. 1/15, 2/15,etc.). Ello no significa que casos muy necesarios que se presenten después del 30 de abril no se analicen.

    IX- De las Formas de Pago y el cobro en los Círculos Infantiles:

    • a) El pago de la cuota para los Círculos Infantiles se realiza de acuerdo con lo regulado por el Ministerio de Finanzas y Precios.
    • b) Para establecer el pago, la madre, padre o tutor reconocido que trabaja en el sector estatal presenta el documento “Datos generales y económicos del beneficiario”, en el que se tiene en cuenta solo el salario de la madre, padre o tutor.
    • c) La madre, padre o tutor perteneciente al sector no estatal al que se le otorgue la matrícula para su hijo, presenta la certificación de los ingresos que devenga (documento oficial), si lo posee; de lo contrario, el pago se establece de acuerdo a la tarifa máxima.
    • d) En el caso de las trabajadoras disponibles que no acepten la propuesta de reubicación laboral, mantienen su derecho al Círculo Infantil y realizan el pago durante el primer mes, en la cuantía en que lo venían realizando, independientemente de que no reciba salario alguno. A partir del segundo mes y hasta el quinto abonan el cincuenta (50%) por ciento de la misma. Para ello es necesario presentar previamente, por la interesada, a la dirección del Círculo Infantil, la notificación recibida de su centro de trabajo. Una vez vencido el plazo de seis (6) meses, si no se incorpora al trabajo se pierde el derecho a la matrícula.

    X. De los Modelos a utilizar:

    En el cumplimiento del sistema que regula los ingresos a Círculos Infantiles se utilizan los siguientes modelos:

    • a) Planilla de solicitud de ingreso al Círculo Infantil.
    • b) Modelo “Datos Generales y Económicos de los Beneficiarios”.
    • c) Control de actualización trimestral del vínculo laboral de la madre, padre o tutor trabajadores.
    • d) Registro de Solicitudes y Otorgamiento de Matrículas a Círculos Infantiles.
    • e) Boletas de otorgamiento de Círculo Infantil.
    • f) Listado de otorgamiento que se entrega a los Círculos Infantiles.
    • g) Libro control de verificaciones del vínculo laboral de la madre, padre o tutor al que se le asignó la matrícula de Círculo Infantil.

    Se debe ser muy cuidadoso en la distribución, llenado y control de cada uno de los modelos, porque son mecanismos básicos en el proceso de solicitud, concesión y notificación de los ingresos.

    Descargue aquí la plantilla de Traslado de Círculo Infantil

    Para comunicarse directamente con la Dirección de Educación para realizar un Traslado de Círculo Infantil llene el siguiente formulario:


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